Programa Nacional de Control de Salmonella en Gallinas Ponedoras 2025-2027 — Versión 2026
Antecedentes
La vigilancia y control de Salmonella en avicultura España se lleva a cabo en España desde 1993, de acuerdo con la Directiva 92/117/CEE, derogada por la Directiva Europea 2003/99/CE, relativa a medidas de protección contra determinadas zoonosis y agentes productores de zoonosis en animales y productos de origen animal, a fin de evitar brotes de infecciones e intoxicaciones procedentes de los alimentos.

Durante el período de octubre de 2004 a septiembre de 2005 se realizó un estudio de referencia sobre la prevalencia de Salmonella en manadas de gallinas ponedoras de la especie Gallus gallus a nivel Comunitario. La monitorización y recolección de datos en manadas de gallinas ponedoras de Gallus gallus se realizó siguiendo las directrices que a nivel comunitario se dictaron mediante la Decisión 2004/665/CE de la Comisión de 22 de septiembre de 2004.
La prevalencia por explotación encontrada de los serotipos Enteritidis y Typhimurium en estos primeros estudios fue del 51,5%, y del 73,2% si consideramos Salmonella spp. según los datos obtenidos del estudio.
A partir de estos altos niveles , de hace ya más de 20 años, la UE se propuso rebajar sustancialmente estas cifras y para ello mantiene desde 2006 un estudio anual, país por país, en que mide el nivel de prevalencia de Salmonella Enteritidis, S. Typhimurim y S. Typhimurim variante monofásica . El objetivo, era, y es, una monitorización anual y llegar a niveles de prevalencia por debajo del 2%
La evolución de la prevalencia frente a salmonelas objeto de control en manadas de aves ponedoras Gallus gallus ha sido la presentada en el gráfico al pie de este artículo , siendo S. Enteritidis el serotipo más prevalente entre los serotipos objeto de control en los PNCS (Planes Nacionales de Control de Salmonella).
En el año 2024, la prevalencia de manadas adultas positivas a serotipos objeto de control (datos conjuntos) fue 1,47%, por lo que se ha mantenido dentro del objetivo de reducción de la UE.
A continuación presentamos el resumen de la actualización para 2026 acabada de publicar del PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE DETERMINADOS SEROTIPOS DE Salmonella EN GALLINAS PONEDORAS DE LA ESPECIE Gallus gallus para el período 2025-2027
Resumen práctico del programa oficial publicado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de España.
Este documento resume de forma operativa las obligaciones, procedimientos y plazos que deben conocer ganaderos, veterinarios de explotación, laboratorios autorizados y servicios veterinarios oficiales para cumplir con el Programa Nacional de Control de Salmonella (PNCS) en gallinas ponedoras de la especie Gallus gallus.
1. Objetivo del programa
- Serotipos diana: Salmonella Enteritidis (SE) y Salmonella Typhimurium (ST), incluida su variante monofásica.
- Meta cuantitativa: reducir al 2 % o menos el porcentaje máximo de manadas positivas de gallinas ponedoras adultas.
- Resultado 2024: prevalencia del 1,47 % (dentro del objetivo de la UE).
- Ámbito territorial: todo el territorio del Reino de España.
2. ¿A quién se aplica?
| Tipo de explotación | ¿Incluida en el PNCS? | Observaciones |
|---|---|---|
| Ponedoras adultas y recría — huevos para comercialización | Sí | Programa completo de autocontroles y controles oficiales |
| Suministro directo de pequeñas cantidades al consumidor final o tiendas locales | Sí (reducido) | Mínimo 1 autocontrol al año |
| Producción de huevos para autoconsumo (uso doméstico privado) | No | Excluidas del programa |
Requisito previo: las explotaciones deben estar autorizadas y registradas por la autoridad competente.
3. Identificación de las manadas
Cada manada se identifica con un código único formado por:
REGA + NAVE (letra mayúscula) + FECHA ENTRADA AVES (mmaaaa)
- La letra de la nave debe estar escrita en la puerta de entrada.
- La fecha de entrada se toma de la hoja de manada o de los registros de la explotación.
«Si produces huevos camperos o en suelo, recuerda: dos pares de calzas, 100 pasos cada uno. El muestreo perezoso sale caro.»
4. Definición de manada positiva
Una manada se considera positiva cuando:
- Se detectan SE o ST (incluida monofásica) en una o más muestras, incluso si solo aparece en la muestra de polvo.
- Se detectan antimicrobianos o inhibidores de crecimiento bacteriano en la manada.
Regla de conteo: una manada positiva se cuenta una sola vez durante todo su período de producción, independientemente del número de detecciones o de quién haya tomado la muestra.
5. Calendario de autocontroles (obligatorio para el ganadero)
| Fase | Momento del muestreo | Tipo de muestra |
|---|---|---|
| Pollitas de 1 día | A la entrega en explotación | Fondos de caja (10 cajas), o vísceras de 60 pollitas, o meconio de 250 pollitas |
| Recría | 2 semanas antes del traslado a puesta | Heces frescas (mín. 10 puntos) o 2 pares de calzas (100 pasos/par) |
| Fase de puesta | Cada 15 semanas, primer muestreo a las 24±2 semanas | Según sistema de cría (ver tabla siguiente) |
| Verificación L+D (limpieza y desinfección) | Tras cada vaciado sanitario y limpieza/desinfección | Mín. 2 paños de ≥ 900 cm² cada uno |
Tipo de muestra en fase de puesta según sistema de cría
| Sistema | Muestras de autocontrol |
|---|---|
| Jaulas | 2 × 150 g de heces de cintas/rasquetas, o de 60 puntos del foso si no hay cintas. Si no hay suficiente en cintas: 4+ paños humedecidos de ≥ 900 cm² |
| Suelo / Camperas / Ecológicas | 2 pares de calzas absorbentes (mín. 100 pasos/par), cubriendo todas las zonas de la nave |
Requisitos de las calzas:
- Humedecerlas previamente con diluyente (0,8 % NaCl + 0,1 % peptona en agua desionizada estéril, o agua estéril).
- Colocar sobre cubrebotas.
- Evitar contacto con desinfectantes de pediluvios.
- Los 2 pares pueden mezclarse en una sola muestra.

6. Controles oficiales — Lo que el veterinario oficial hará en tu granja
6.1. Frecuencia y alcance
- Mínimo 1 manada por explotación y año (en explotaciones con más de 1.000 aves).
- Preferiblemente al final del período productivo, dentro de las 9 semanas anteriores a la eliminación de las aves.
- Un control oficial sustituye al autocontrol del mismo periodo.
6.2. Situaciones que desencadenan control oficial obligatorio adicional
- A las 24±2 semanas si la manada anterior de esa nave fue positiva.
- Sospecha de infección por investigación epidemiológica de un brote de toxiinfección alimentaria.
- Detección de un serotipo del programa en cualquier manada de la explotación → control en todas las demás.
- Cualquier momento que la autoridad competente lo considere necesario.
6.3. Muestras en control oficial
| Sistema | Muestras |
|---|---|
| Jaulas | 3 muestras (2+1) de heces de cintas/rasquetas/fosos (150-200 g cada una) |
| Suelo / Camperas / Eco | 3 pares (2+1) de calzas (100 pasos/par). La AC puede sustituir 1 par por muestra de polvo (≥ 100 g) |
La muestra de polvo se tomará siempre que:
- Las condiciones higiénico-sanitarias o de bioseguridad no sean adecuadas.
- La explotación tenga antecedentes de positividad.
- Se hayan detectado deficiencias en autocontroles o éstos no se hayan realizado.
7. Notificación de resultados — Plazos clave
| Acción | Plazo máximo | Responsable |
|---|---|---|
| Comunicar resultado positivo (confirmado o sospechoso) a la AC | 24 horas desde conocerse | Laboratorio + propietario |
| Envío del aislado para serotipado a otro laboratorio | 24 horas desde el aislamiento | Laboratorio que aísla |
| Inicio del serotipado tras recepción del aislado | 24 horas | Laboratorio serotipador |
| Emisión del informe de serotipado | 24 horas desde obtención del resultado | Laboratorio serotipador |
| Grabación de resultados de autocontrol en la aplicación del MAPA | 1 mes desde obtención del resultado | Laboratorio autorizado |
| Envío de muestras al laboratorio | 24 horas desde la recogida (si no, refrigerar) | Responsable del muestreo |
| Inicio del examen en laboratorio tras recepción | 48 horas (y dentro de las 96 h desde el muestreo) | Laboratorio |
Importante: los resultados deben grabarse obligatoriamente en la aplicación «Autocontroles en explotaciones avícolas» del MAPA. Muestras no grabadas en la aplicación no tienen validez dentro del PNCS.

8. ¿Qué pasa si un lote da positivo?
8.A. Positivo a Salmonella spp. (cualquier serotipo) — Medidas inmediatas
- Se prohíbe la venta de huevos para consumo en fresco hasta que se descarte que el serotipo es objeto de control.
- Se comunica al ganadero y a los servicios de salud pública.
- Se procede al serotipado urgente.
8.B. Positivo a SE o ST (incluida monofásica) — Medidas completas
- Investigación epidemiológica rigurosa para identificar la fuente de infección (pienso, agua, origen de pollitas, etc.).
- Inmovilización de la manada: prohibición de movimientos de aves, salvo autorización para sacrificio o destrucción con documento sanitario oficial.
- Huevos → categoría B: solo pueden destinarse a ovoproductos (tratamiento térmico que destruya Salmonella). No pueden ir a centros de embalado sin supervisión de la AC.
- Control de bioseguridad reforzado en todas las manadas de la explotación.
- Tras vaciado: limpieza completa + desinfección + desinsectación + desratización.
- Muestreo ambiental para verificar eficacia de L+D (2 paños de ≥ 900 cm²).
- Vacío sanitario mínimo: 12 días (reducible a 7 si los análisis demuestran eficacia).
- Repoblación solo con resultado negativo de muestreo ambiental y corrección de deficiencias de bioseguridad.
- Control oficial en todas las demás manadas de la explotación.
- Todas las medidas se mantienen durante todo el ciclo productivo de la manada positiva.
- En manadas que sigan en producción enviando huevos para ovoproductos, no se toman más muestras de autocontrol (ya se consideran positivas).
8.C. Positivo a serotipo NO objeto de control
- Investigación epidemiológica.
- Control reforzado de bioseguridad.
- Si hay resultados positivos recurrentes, se comunica a la AC del establecimiento de origen de las pollitas.
«El vacío sanitario no es negociable: 12 días post-limpieza o 7 días si presentas analíticas negativas de superficie.»
9. Vacunación — Obligaciones prácticas
| Aspecto | Requisito |
|---|---|
| ¿Es obligatoria? | Sí, al menos durante la fase de cría, como mínimo contra SE |
| ¿Hay excepciones? | Solo si la AC lo autoriza: explotaciones con bioseguridad adecuada, plan de autocontrol implantado y resultados negativos a SE/ST durante los últimos 12 meses (autocontroles) y en el último control oficial |
| Intercambios intracomunitarios | Vacunación siempre obligatoria si se exportan huevos a otros países UE |
| Vacunas permitidas | Solo con autorización de la AEMPS o la Comisión Europea. Deben permitir diferenciar cepa vacunal de cepa de campo |
| Vacunas vivas en fase de puesta | Prohibidas, salvo que estén específicamente autorizadas para este uso |
| Registro | Anotar en libro de tratamientos + grabar en la aplicación informática del Ministerio |
| Certificación | El propietario de la granja de recría debe certificar la vacunación de cada lote a la granja de destino |

10. Bioseguridad — Protocolo de verificación (resumen de la encuesta oficial)
Las medidas de bioseguridad se verifican al menos una vez al año, preferiblemente junto con el control oficial anual. La encuesta se puntúa y los resultados se comunican al titular.
14 bloques evaluados:
| Bloque | Punt. máx. | Elementos clave evaluados |
|---|---|---|
| 1. Control de acceso | 9-12 | Vallado, desinfección de vehículos, libro de visitas, pediluvios, acceso de fauna silvestre, confinamiento |
| 2. Mantenimiento instalaciones | 5 | Plan de mantenimiento, vegetación, estanqueidad de naves, mallas en aberturas |
| 3. Agua de bebida | 2 | Procedencia (red/otra), cloración, depósitos tapados y protegidos |
| 4. Gestión estiércoles | — | Plan documentado de manipulación, almacenamiento y retirada |
| 5. Cadáveres y SANDACH | 4 | Sistema de eliminación, contenedores cerrados, recogida desde fuera del vallado |
| 6. Acceso personal a naves | 9 | Pediluvios, vestuarios, separación zona limpia-sucia, ropa exclusiva |
| 7. Abastecimiento pollitas | 3 | Carga/descarga desde exterior, documentos sanitarios, certificados de Salmonella y vacunación |
| 8. Control piensos | 13 | Proveedores autorizados, almacenamiento, certificados de análisis, tratamiento térmico, aditivos |
| 9. Limpieza, desinfección, desinsectación (LDD) | 12 | Programa documentado, análisis de eficacia, formación de operarios, vacío sanitario de 12 días (o 7 con eficacia demostrada) |
| 10. Control roedores y animales | 11-13 | Plan de desratización documentado, empresa autorizada, ausencia de animales domésticos en zona de producción |
| 11. Medicamentos veterinarios | 2 | Registro actualizado, almacenamiento separado, gestión de residuos |
| 12. Supervisión veterinaria | 1 | Veterinario responsable con visitas periódicas registradas |
| 13. Prácticas de manejo y formación | 6 | Código de buenas prácticas, todo dentro-todo fuera, vaciado cada 2 años (multiedad), formación cada 5 años |
| 14. Autocontroles | — | Cumplimiento del calendario de muestreos en recría y puesta |
Requisitos excluyentes : si no se cumplen, la puntuación del bloque es 0 automáticamente. Incluyen aspectos como vallado, acceso de fauna silvestre, depósitos de agua protegidos, programa de LDD, veterinario responsable, sistema todo dentro-todo fuera, entre otros.
En caso de deficiencias: la AC levanta acta ante el titular con las deficiencias y plazo de corrección. Las medidas pueden ir desde la inmovilización de la explotación hasta la pérdida de la autorización sanitaria.
«En recría, la vacunación contra S. Enteritidis no es una opción, es una obligación sanitaria.»
11. Documentación que el avicultor debe tener disponible
- Registro de naturaleza y origen de los piensos.
- Registro de enfermedades que puedan afectar a la seguridad de los productos.
- Libro de visitas actualizado (personas y vehículos).
- Registro de tratamientos con medicamentos (incluidas vacunas).
- Todos los resultados de análisis de Salmonella de la manada (incluidos los de incubadora y recría de procedencia) — conservar mínimo 3 años.
- Hoja de manada con entradas y salidas — conservar mínimo 3 años tras eliminación.
- Protocolos y registros de L+D, desratización, desinsectación.
- Análisis de verificación de eficacia de L+D.
- Certificación del proveedor de pollitas sobre estatus sanitario de reproductoras, vacunaciones y autocontroles en recría.
12. Laboratorios — Requisitos y obligaciones
- Laboratorio Nacional de Referencia (LNR): Laboratorio Central de Veterinaria, Algete (Madrid).
- Todos los laboratorios (control oficial y autocontrol) deben estar acreditados según EN/ISO 17025 para la detección de Salmonella en todas las matrices de los PNCS.
- Deben participar en las pruebas de detección colectivas del LNR.
- Si un laboratorio actúa simultáneamente como oficial y de autocontrol, debe garantizar la separación de actividades y comunicarlo a la AC.
- Deben rechazar muestras que no cumplan los requisitos del programa.
- Los laboratorios de control oficial envían todas las cepas aisladas al LNR. Los de autocontrol, las que el LNR solicite.
13. Método de detección y serotipado
- Norma de referencia: EN/ISO 6579-1 (Amd1:2020) — medio semisólido MSRV como único medio de enriquecimiento selectivo.
- Incubación del MSRV: 41,5 ± 1 °C durante 2 × (24±3) horas.
- Serotipado: mínimo 1 cepa por muestra positiva, según esquema de Kaufmann-White-Le Minor.
- Se realizará diferenciación de cepa vacunal y, si es necesario, confirmación de ST monofásica por PCR.
- Métodos alternativos: permitidos si están validados según EN ISO 16140 y registrados en el MAPA.
- Conservación de cepas: mínimo 2 años, mediante métodos estándar de colección de cultivos.
«El objetivo de España para 2026 sigue firme:
mantener la prevalencia de Salmonella en ponedoras por debajo del 2%.»
14. Manadas positivas y el matadero — Sacrificio logístico
- El operador debe incluir los resultados de Salmonella en la Información de la Cadena Alimentaria (ICA).
- Manadas positivas a SE/ST: movimiento solo con documento sanitario oficial.
- En matadero: sacrificio logístico (último lugar del orden diario), seguido de L+D.
- El matadero debe incluir en sus planes de muestreo canales de manadas positivas o de situación desconocida.
15. Indemnizaciones
- Si la AC ordena sacrificio obligatorio, el propietario tiene derecho a indemnización (siempre que haya cumplido la normativa).
- Baremos regulados por el RD 823/2010.
- La edad de las aves a efectos de indemnización es la del momento en que se ordena el sacrificio.
16. Verificación de L+D tras vaciado de manada positiva — Paso a paso
- Vaciado completo de la nave (retirada total de yacija y excrementos).
- Limpieza + desinfección + desinsectación + desratización con productos autorizados.
- Esperar un tiempo adecuado tras la desinfección.
- Toma de muestras ambientales: mínimo 2 paños de ≥ 900 cm² (por cada cara), pasados por suelo, paredes, comederos, bebederos, ventiladores, vigas, tuberías, cintas de huevos, cintas de heces, raspadores y puntos difíciles de limpiar. Humedecer previamente con diluyente.
- Enviar al laboratorio autorizado (métodos iguales al resto de PNCS).
- Grabar resultados en la aplicación de autocontroles del MAPA (dentro de las muestras de la manada saliente).
- Vacío sanitario: 12 días mínimo tras la L+D (reducible a 7 si se dispone de resultados negativos que confirmen eficacia).
- Repoblación solo con resultado negativo y corrección de deficiencias de bioseguridad. Bajo supervisión oficial.
- Si el resultado es positivo a Salmonella spp.: repetir L+D hasta obtener resultado satisfactorio.
17. Controles en piensos
- Los operadores de piensos deben aplicar HACCP (Reglamento CE 183/2005) para minimizar la contaminación por Salmonella.
- Se realizan más de 3.000 inspecciones oficiales/año en establecimientos de alimentación animal y más de 1.000 muestras oficiales de microbiología.
- Si se detecta Salmonella en productos vegetales (sin límite legal establecido), se serotipa. Si se identifica SE, ST, S. Infantis, S. Virchow o S. Hadar: notificación por Red de Alerta.
- El fabricante o suministrador de piensos debe garantizar que incluye el control de Salmonella en su sistema HACCP y poner los análisis a disposición de la explotación.
«La encuesta de bioseguridad ya no es un papel mojado: se graba, se puntúa y condiciona tu actividad.»
18. Plan de control de autocontroles — ¿Cómo se vigila que los autocontroles sean fiables?
- Los SSVVOO hacen control de calidad de autocontroles en el 10 % de las explotaciones de cada comunidad autónoma (mínimo 1 si hay menos de 10).
- Criterios de selección (por riesgo): autocontroles negativos pero control oficial positivo; comunicación de salud pública positiva; L+D positivos; o aleatorio.
- El control incluye: encuesta de verificación + observación in situ de la toma de muestras de autocontrol por el veterinario oficial.
- Se verifica: uso correcto de peptona, representatividad (pasos, superficie), conservación y plazos de envío.
- Si la AC lo estima, la toma de muestras se hace por duplicado (una oficial, una de autocontrol).
- Inspección de laboratorios: todos los laboratorios de autocontrol de cada CA deben ser inspeccionados en un período de 2 años.
19. Datos de prevalencia histórica (evolución del programa)
| Año | Prevalencia SE+ST (%) |
|---|---|
| 2008 (CO) | 15,60 |
| 2009 | 7,21 |
| 2010 | 5,92 |
| 2011 | 2,80 |
| 2012 | 2,20 |
| 2013 | 1,87 |
| 2014 | 1,18 |
| 2015 | 0,72 |
| 2016 | 1,59 |
| 2017 | 1,43 |
| 2018 | 1,57 |
| 2019 | 2,34 |
| 2020 | 1,40 |
| 2021 | 2,63 |
| 2022 | 1,62 |
| 2023 | 1,74 |
| 2024 | 1,47 |
En 2024, el serotipo más frecuente entre los detectados fue «Otros» (49,78 %), seguido de S. Enteritidis (15,86 %), S. Infantis (11,45 %) y S. Corvallis (5,29 %). S. Typhimurium y su variante monofásica representaron en conjunto alrededor del 3 %.
20. Normativa de referencia principal
- Reglamento (CE) 2160/2003: control de Salmonella y otros agentes zoonósicos en producción primaria.
- Reglamento (UE) 517/2011: requisitos de pruebas de detección para ponedoras.
- Reglamento (CE) 1177/2006: uso de vacunas y antimicrobianos en programas de control.
- Reglamento (CE) 183/2005: higiene de piensos.
- Real Decreto 637/2021: normas básicas de ordenación de granjas avícolas (España).
- Ley 8/2003: de Sanidad Animal (España).
- Real Decreto 823/2010: baremos de indemnización por sacrificio obligatorio.
- EN/ISO 6579-1 (Amd1:2020): método de detección de Salmonella.
- EN/ISO 17025: acreditación de laboratorios.
Listado de vacunas contra Salmonella autorizadas en España (actualizado junio 2025)
Disclaimer / Aviso importante:
Este resumen ha sido elaborado por NeXusAvicultura.com a partir del documento oficial «Programa Nacional de Control de Determinados Serotipos de Salmonella en Gallinas Ponedoras de la Especie Gallus gallus 2025-2027, Versión 2026«, publicado por la Subdirección General de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).
Tiene carácter informativo y no sustituye al texto legal que puede consultarse completo (50 páginas) en la web del MAPA.
Para saber más:
-. La Salmonella en avicultura
-. Normativa básica y generalidades de los Programas de Control de Salmonela
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